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El Club Náutico de Altea encarga una tasación independiente que valora sus instalaciones un 40% menos de lo que marca el Consell

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La valoración es de junio de este mismo año y la que pretende imponer la Dirección General de Obras Públicas de la Generalitat Valenciana está fechada en febrero de 2014.

El valor real de las instalaciones que gestiona en la actualidad el Club Náutico de Altea, según la Sociedad de Tasaciones Valoraciones Mediterráneo (Valmesa), empresa independiente especializada en tasaciones inmobiliarias y valoración de activos, homologada por el Banco de España, es un 40% menos de lo que estima el Consell. La cantidad dista mucho de la que la Administración Autonómica intenta imponer para fijar el canon anual que debe abonar el Club en los 350.000 euros, Iva incluido, montante que se obtiene al aplicar el articulado de la Ley de Puertos, que fija esa cantidad en el 5% del valor global del bien público.

 

Cabe recordar que la tasación propia, encargada por el Club, adaptada a las disposiciones de la Ley, es de junio de este mismo año 2017, mientras que la que esgrime la Dirección General de Obras Públicas está fechada el 24 de febrero de 2014, con anterioridad a la aprobación y publicación de la Ley de Puertos (junio de 2014).

 

Las fechas son de vital importancia en este conflicto que enfrenta al Consell con los clubes náuticos de la Comunidad Valenciana, entidades sociales sin ánimo de lucro dedicadas a la promoción y práctica de deportes náuticos. La ley concede a las tasaciones una vigencia de seis meses, pero en este caso el Consell pretende hacer bueno un documento datado hace tres años y medio desde su elaboración, “cuando es nulo de pleno derecho”, recuerda el presidente del Club Náutico de Altea, José Román Zurutuza. “La tasación que utiliza el Consell ha caducado”.

 

 La Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, establece un plazo de seis meses para la caducidad de informes y certificados. Esa norma señala literalmente que “los informes y certificados caducarán, necesariamente, a los seis meses desde que se emitieron”. “No es ésta una cuestión baladí”, remarca Zurutuza, “pero ese detalle es obviado por el Consell en este proceso”.

 

INFORMES CONTRAPUESTOS

El valor global de las instalaciones portuarias se establece marcando precio a tres preceptos: suelo urbanizado, lámina de agua e instalaciones. Un error de bulto cometido por el Consell, en opinión del Club Náutico de Altea, es partir de la base de que se trata de un proceso para nuevas concesiones, cuando en realidad son autorizaciones precarias limitadas a tres meses, renovables de mes en mes, para gestionar instalaciones antiguas y obsoletas, después de 17 años en precario.

 

 “La diferencia es abismal, y nuestra tasación notablemente inferior. Si la Generalitat finalmente impone sus cantidades, que en caso como el nuestro multiplica por siete el canon que satisfacemos actualmente, los clubes náuticos valencianos son inviables y están condenados a desaparecer”, afirma categórico J. Román Zurutuza.

 

Otra cuestión, que también analizan los servicios jurídicos del Club Náutico de Altea para redactar el recurso de reposición que se presentará en los próximos días, es que el informe de tasación impuesto por el Consell “nunca” ha sido notificado oficialmente a los interesados, cuando las leyes establecen que ese trámite es de obligado cumplimiento para que, si se estima conveniente, un hecho administrativo pueda ser recurrido.


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